TMSourcing

¿Tienes preguntas sobre nuestros
productos y servicios?

¡Estas en el lugar indicado!. Nuestras FAQ´S estan diseñadas para brindarte respuestas claras y rápidas a las interrogantes más comúnes que puedas tener.

Prevención de Lavado de Dinero

Todas las entidades financieras y demás personas que realizan actividades previstas en las leyes relativas al Sistema Financiero Mexicano sujetas a la supervisión de la CNBV en materia de PLD/FT (sujetos obligados, así como aquellas empresas que realicen actividades vulnerables señaladas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Todas las entidades financieras, de conformidad con las disposiciones de carácter general aplicables, tienen las siguientes obligaciones en materia de PLD/FT:

 

a) Políticas de identificación y conocimiento del cliente o usuario.

b)Integración, conservación y    actualización de expedientes.

c)     Estructuras internas:

*Oficial de Cumplimiento.

*Comité de Comunicación y Control.

d)    Reportes de operaciones.

e)    Manual PLD/FT.

f)     Personas que ejercen el control  y transmisión accionaria.

g)    Informe de auditoría.

h)    Programa anual de capacitación.

i)      Sistemas automatizados. 

Una parte importante del cumplimiento en materia de PLD/FT es la identificación de clientes o usuarios para la prevención de lavado de dinero. Un escenario ideal es que la Entidad establezca internamente medidas, criterios y procedimientos para dar cumplimiento la obligación de integrar los expedientes únicos de identificación, los cuales incluyan lineamientos mínimos que establece la normatividad, así como los relativos a la verificación y actualización de los datos proporcionados por tus clientes o usuarios.

 

También es importante que verifiques frecuentemente las llamadas “listas negras”, emitidas por las autoridades nacionales, así como organismos internacionales o autoridades de otros países que sean dadas a conocer por la Unidad de Inteligencia Financiera, en las que se dan a conocer personas que han sido identificadas con vínculos a organizaciones delictivas o actividades ilícitas.

La designación del Oficial de Cumplimiento deberá recaer en un funcionario que sea independiente de las unidades de la Entidad encargadas de promover o gestionar los productos financieros que éste ofrezca a sus clientes o usuarios.

 

En ningún caso, la designación del Oficial de Cumplimiento podrá recaer en persona que tenga funciones de auditoría interna de la Entidad.

Sus funciones consisten en identificar supervisar y coordinar todas las actividades necesarias para prevenir el lavado de dinero y, al mismo tiempo, cumplir con la legislación respectiva. Esto incluye revisar el sistema de prevención de riesgos y, en su caso, atender las visitas, llamados, requerimientos de la autoridad. 

A las áreas encargados de atención clientes, áreas operativas y directivos.

Es una evaluación de los controles y procesos internos en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo el cual se lleva a cabo dentro de las Entidades, con la finalidad de revisar sus criterios, medidas y procedimientos que tienen implementados las Entidad para dar cumplimiento con la normativa aplicable.

El Informe de Auditoría tiene por objeto brindar a los Sujetos Supervisados la información necesaria para adoptar las medidas que permitan hacer más eficientes sus procesos, mecanismos y herramientas para prevenir Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo, así como para establecer planes de acción que deriven de la revisión materia del Informe de Auditoría.

Durante el periodo comprendido de enero a diciembre de cada año y el informe debe remitirse a la Comisión dentro de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión.

Sí, los LINEAMIENTOS de fecha 18 de octubre del 2021 para la elaboración del informe de auditoría y evaluar el cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de PLD/FT.

Los requisitos con los que debe contar tu auditor son los siguientes:

  1. Nivel de estudios y experiencia en PLD/FT.
  2. Certificado Vigente ante la CNBV.
  3. No tener delitos patrimoniales.
  4. No ser inhabilitado para ejercer el comercio.
  5. No ser consejero del sujeto obligado.
  6. No formar parte de la estructura accionaria.
  7. No tener litigio pendiente.
  8. No tener suspensión vigente.
  9. No encontrarse en listas oficiales.

Es fundamental hoy en día para la sistematización de las transacciones, llevar el control total de las operaciones y generar un trabajo mucho más eficiente.

Sí, las multan van de las 10,000 hasta las 100,00 UMAS, o bien hasta la cancelación del registro en caso ante la autoridad.

 

En TMSourcing contamos con especialistas certificados en materia de prevención de lavado de dinero para Entidades Financieras, los cuales pueden proporcionarte servicios de auditoria y consultoría, para el adecuado cumplimiento de tus obligaciones evitando contratiempos.

 

TMSourcing